El Ejecutivo se prepara para solicitar al Congreso la última prórroga del estado de alarma, siendo la quinta desde el inicio de la crisis sanitaria provocado por el Covid-19. Esta vez, la diferencia con el resto de prórrogas es que el Gobierno quiere ampliar la duración a 30 días, en lugar del plazo habitual de los 15 días.
¿Se puede prorrogar el estado de alarma un mes?
Tal y como explicamos en el post «¿En qué consiste el estado de alarma?«, el Gobierno, en uso de las facultades que le otorga el artículo 116.2 de la Constitución podrá declarar el estado de alarma, en todo o parte del territorio nacional, cuando se produzca alguna de las siguientes alteraciones graves de la normalidad.
El artículo 6 de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, indica expresamente:
«En el decreto se determinará el ámbito territorial, la duración y los efectos del estado de alarma, que no podrá exceder de quince días. Sólo se podrá prorrogar con autorización expresa del Congreso de los Diputados, que en este caso podrá establecer el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga.»
Y la Constitución en su artículo 116.2 indica:
«El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante Decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de 15 días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo»
La Constitución y la Ley Orgánica 4/1981 no especifica el plazo máximo por el que se puede prorrogar el estado de alarma.
Por tanto, ¿se puede prorrogar el estado de alarma un mes? La respuesta no está clara. Hay distintas opiniones por parte de los juristas.
Una parte de los juristas indican que una cosa es que no existan límites de prórrogas y otro que dichas prórrogas se propongan por más de 15 días. Aplicando el principio de analogía, en los procedimientos administrativos y procedimiento judiciales se pueden prorrogar los plazos, pero nunca por más tiempo del que fija el plazo. Es decir, se puede doblar, triplicar… el plazo pero siempre la misma cantidad de días o menos, nunca más.
Otras opiniones, la mayoría, están a favor de que se pueda prorrogar el estado de alarma un mes, argumentan que no existe una limitación de la duración del estado de alarma, por ello es posible solicitar una prórroga por más de 15 días. De hecho en España tenemos un antecedente. En el estado de Alarma de los controladores aéreos de 2010, la prórroga fue de un mes y no de 15 días (El 14 de diciembre de 2010, un Consejo de Ministros extraordinario acordó prorrogar el estado de alarma hasta el 15 de enero de 2011, decisión que ratificó el Congreso).
[bctt tweet=»¿Se puede prorrogar el estado de alarma un mes? La mayoría de los expertos indican que sí es posible y no sería inconstitucional» username=»juridicorincon»]
Conclusiones
¿Quién tiene razón? Al final es una interpretación de la ley.
Si se hace una interpretación restrictiva, surgen dudas sobre si se puede o no prorrogar el estado de alarma un mes. Si se opta por una interpretación más abierta, teniendo en cuenta la normativa, se indica que en caso de prórroga se debe autorizar por el Congreso y se podrá establecer tanto el alcance como las condiciones de este estado. Por tanto, se puede deducir que la duración puede ser mayor a 15 días. La Constitución no limita a 15 días la prórroga, 15 días es el plazo inicial sin autorización del Congreso.
La mayoría de los expertos indican que las prórrogas del estado de alarma que el Gobierno solicite al Congreso de los Diputados pueden realizarse por el tiempo que el Ejecutivo considere oportuno y será la cámara baja la encargada de autorizar o no dicha prórroga.
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