Seguro que has oído hablar del contrato de arras. Se trata de un documento donde se recoge el compromiso de efectuar la compraventa. Con las arras el comprador se reserva el derecho sobre la compra de un bien y el vendedor se compromete de que va a vender ese bien al comprador según lo pactado.
Es lo que se conoce como «señal», se trata de un preacuerdo para que ambas partes tengan la seguridad que la compraventa se va a llevar a cabo. Tanto si eres un particular como una empresa y vas a comprar o vender algún bien, es recomendable que firmes el contrato de arras, hay plantillas de contratos para empresas donde podrás encontrar modelos de este contrato y así, poder redactarlo tu mismo.
Las partes del contrato de arras tienen derechos y obligaciones:
- El comprador tiene el derecho de reserva sobre la compra y además la obligación de adquirir ese bien.
- El vendedor se compromete a vender ese bien al comprador y tiene el derecho de que el comprador pague el precio en las condiciones acordadas.
Es decir, supone un compromiso para ambas partes.
Clases de arras
Como hemos indicado anteriormente, las arras se configuran como un pacto en el contrato de compraventa, en cuyo caso el comprador entrega una cantidad de dinero al vendedor como señal y tal y como indica el artículo 1454 del Código Civil: «Si hubiesen mediado arras o señal en el contrato de compra y venta, podrá rescindirse el contrato allanándose el comprador a perderlas, o el vendedor a devolverlas duplicadas.»
Es decir, ambas partes pueden desistir del contrato. El comprador perdería la cantidad o bien, el vendedor deberia devolver la cantidad doblada. Pero, dependiendo del tipo de arras que se establezcan en el contrato, tendrán distintas funciones:
- Arras confirmatorias: su función es confirmar la existencia del contrato. Son un anticipo del precio total que las partes acuerdan en el contrato de compraventa.
- Arras penales: tienen la función de aseguramiento o garantía del cumplimiento del contrato. Si se incumple, se pierden o bien, devolverlas dobladas. Es decir, se trata de una indemnización por incumplimiento.
- Arras penitenciales: permiten el desistimiento del contrato perdiéndola por parte del comprador o restituyéndolas dobladas por parte del vendedor. Son las arras que se regulan en el art. 1454 del Código Civil.
Incumplimiento del contrato de arras
- Arras confirmatorias: en caso de incumplimiento de alguna de las partes, se podrá exigir el cumplimiento de la misma, o bien solicitar la resolución del contrato junto con una indemnización.
- Arras penales: el comprador perderá las arras y si el cumplimiento es por parte del vendedor, deberá devolverlas más la cantidad que se acuerde en el contrato.
- Arras penitenciales: el comprador perderá la cantidad aportada en concepto de arras o señal y el vendedor deberá pagar al comprador el importe de las arras por duplicado.
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