Uno de los problemas de ser adulto es enfrentarte a una situación económica difícil. La Ley de Segunda Oportunidad supone una pequeña esperanza financiera para aquellos que enfrentan dificultades económicas abrumadoras.
Hay determinadas deudas que se pueden exonear en el caso de que no se puedan pagar. Veamos qué requisitos se deben cumplir y los pros y contras de la ley de segunda oportunidad.
¿Quiénes pueden acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?
Esta ley se aplica a cualquier persona física, ya sea particular o trabajador autónomo, en estado de insolvencia por sobreendeudamiento. Incluso se pueden acoger aquellos que han avalado a algún familiar que tiene deudas.
El momento para acogerse a la ley varía según cada caso, generalmente cuando el deudor confirma su insolvencia o anticipa la imposibilidad de cumplir obligaciones.
Requisitos
- Ser insolvente y tener al menos dos acreedores privados
- Haber actuado de buena fe.
- No tener antecedentes penales por delitos económicos, de falsedad documental, contra el patrimonio, Hacienda, la Seguridad Social, o los trabajadores.
- Deber más de 10.000 €
- Colaborar con el juzgado.
¿Qué deudas se pueden cancelar?
- Deudas privadas: las del banco, entidades financieras, particulares, etc.
- Deudas públicas: aquellas que sean con la Administración Pública. En este caso, solo se podrá cancelar 10.000 euros por Administración.
Deudas que NO se pueden exonear:
- Las deudas por responsabilidad civil extracontractual
- Las indemnización por accidente de trabajo o enfermedad profesional
- Deudas por responsabilidad civil derivada de delito
- Deudas por alimentos
- Las deudas por multas impuestas en procesos penales y por sanciones administrativas muy graves.
- Gastos judiciales
- Las hipotecas, no se puede cancelar la deuda hipotecaria y mantener el bien
Beneficios de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
La principal ventaja es la cancelación de deudas que supone un gran desahogo económica para la persona beneficiaria de esta ley. También existe la posibilidad de conservar los bienes. Se permite al deudor bien liquidar todos sus bienes y cancelar el total de la deuda o, reducir la deuda comprometiéndose a un plan de pagos y conservar sus bienes.
Si se cancelan las deudas, se produce la salida del fichero de morosos. Todos tus datos se tienen que borrar.
Se suspenden los embargos y se paralizan los intereses de las deudas. Una vez admitida la demanda, se podrá solicitar al Juzgado que levante los embargos.
Desventajas de acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad
Como ya hemos comentado anteriormente, hay determinadas deudas que no se van a poder cancelar.
Se puede revocar la cancelación de la deuda. Los acreedores pueden solicitar al Juez la suspensión de la exoneración si existiese ocultación de bienes o ingresos, o si durante los tres años siguientes mejora la situación económica de forma sustancial del deudor.
Con esta ley, se produce la liquidación de los bienes del deudor, aunque hay determinados bienes que se pueden salvar (por ejempli, la vivienda habitual). Eso sí, se deberá pagar una cuota y no se produce la exoneraión total de la deuda.
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