El artículo 193 de la Ley General de la Seguridad Social nos da el concepto de la incapacidad permanente: «La incapacidad permanente contributiva es la situación del trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral. No obstará a tal calificación la posibilidad de recuperación de la capacidad laboral del incapacitado, si dicha posibilidad se estima médicamente como incierta o a largo plazo.»
De esta definición podemos deducir las siguientes características:
- Tratamiento prescrito, es decir, se exige el agotamiento de los tratamientos médicos y quirúrgicos. Aunque tanto la doctrina como la jurisprudencia admiten que existen supuestos de incapacidad no precedida de incapacidad temporal, como la que aparece bruscamente, o situaciones en las que el trabajador, pese a sus lesiones o enfermedades, prefiere mantenerse en el trabajo hasta que la gravedad de su estado físico o psíquico, o el carácter irreversible de sus secuelas, le impiden continuarlo.
- Carácter sobrevenido de la incapacidad: la incapacidad permanente en el caso de la prestación contributiva ha de surgir con posterioridad a la afiliación.
- Reducciones anatómicas y funcionales graves: lo determinante de una incapacidad permanente y su correspondiente grado es el déficit orgánico o funcional que provocan las secuelas y su incidencia en la capacidad laboral del trabajador.
- Objetividad de las lesiones y enfermedades: las reducciones anatómicas o funcionales deben ser objetivables, es decir, médicamente se han de poder constatar, la simple manifestación subjetiva del interesado no es suficiente, requiriendo, por ello, de un diagnóstico médico.
- El carácter previsiblemente definitivo de las secuelas o dolencias: el Tribunal Supremo exige que la incapacidad permanente requiere para que las secuelas no sean susceptibles de curación total o mejoría mediante tratamientos médicos.
- Disminución o anulación de la capacidad laboral: esta es la clave para el reconocimiento de la incapacidad permanente. Las reducciones anatómicas y funcionales sean de tal envergadura que disminuyen o anulen la capacidad laboral del trabajador.
- Incapacidad permanente parcial.
- Incapacidad permanente total.
- Incapacidad permanente absoluta.
- Gran invalidez.
Tipos de contingencia en la incapacidad permanente
Una vez que tenemos claro el concepto y las características de la incapacidad permanente, debemos saber que existen dos tipos de contingencia por la que se puede llegar a dar la prestación de incapacidad y declarar su grado:
- Contingencia profesional, derivada de un accidente de trabajo o enfermedad profesional,
- Contingencia común, enfermedad común o accidente no laboral.
La declaración de una incapacidad laboral tiene distintos grados:
- Parcial: el trabajador puede realizar su profesión habitual pero con limitaciones.
- Total: no se puede realizar la profesión habitual, pero sí otras.
- Absoluta: la enfermedad o lesión no permite realizar ningún tipo de trabajo.
- Gran invalidez: necesita ayuda de terceros para realizar las actividades más básicas o esenciales de la vida.
Enfermedades que determinan la incapacidad
No hay una lista tasada como tal que reconozca automáticamente la prestación por incapacidad permanente. Pero sí es cierto que hay determinadas enfermedades o patalogías que han sido reconocidas como enfermedades que pueden dar origen a una incapacidad laboral, en concreto en su grado de absoluta:
Tabla de enfermedades para incapacidad permanente absoluta:
- Alzheimer
- Arterioesclerosis
- Artritis Reumatoide
- Artrosis
- Cáncer
- Colitis Ulcerosa
- Demencia
- Enfisema Pulmonar
- Epilepsia
- Esclerosis Múltiple
- Fibrilación auricular
- Glaucoma
- Hernia Cervical
- Hipertensión Pulmonar
- Hipoacusia
- Insuficiencia renal crónica
- Lumbalgia
- Eritematoso Sistémico
- Miastenia Gravis
- Migraña
- Parkinson
- Patologías de Manos
- Pérdida de visión
- Síndrome de Arnold Chiari
- Trasplante de riñón
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