El expediente de extranjería tiene que ver con algunos trámites que los extranjeros deben tramitar ante el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Administraciones Públicas e incluso está relacionado con órdenes de expulsión.
El expediente abarca muchos trámites, algunos de ellos son:
- Expedientes de residencia por reagrupación familiar.
- Residencia por arraigo y otras circunstancias
- Permiso de estancia por estudios o formación
- Renovaciones de residencia
- Número de Identidad de Extranjero (N.I.E).
- Procesos relacionados con el inicio o tramitación de expedientes de nacionalidad.
El expediente no hace referencia a un documento en concreto, sino que abarca todo un procedimiento. De hecho es muy importante que conozcas tu expediente si tienes algún trámite pendiente porque en él aparecerán todos los documentos que tú has apartado y aquellos que ha apartado la Administración. Como interesado en el procedimiento tienes derecho a consultar el expediente de extranjería en cualquier momento del procedimiento y ver el estado del mismo.
Consultar el expediente de extranjería
Como todo procedimiento administrativo, éste pasará por varios estados. El expediente no será el mismo al principio del procedimiento que al final, por ello tienes la posibilidad de consultarlo a través de las siguientes vías:
- Internet: a través del mecanismo de identificación de Cl@ve, certificado electrónico o por medio de un formulario.
- SMS: enviar un mensaje al nº 600 12 43 77.
- Teléfono: llamando al número de teléfono 902 02 22 22.
Con estas tres opciones podrás consultar en qué tramite del expediente de extranjería se encuentra tu procedimiento.
¿Cuáles son los estados del expediente?
Un procedimiento de extranjería es un procedimiento administrativo que se lleva a cabo frente a una Administración, y como todo procedimiento va pasando por distintas fases o estados:
- En trámite: el expediente pasará en primer lugar por este estado. Cuando entregues toda la documentación, por ejemplo para solicitar la residencia, la Administración estudiará todos esos documentos para resolver. Este estado/proceso puede durar desde 3 hasta 6 meses, con lo cual hay que tener paciencia.
- Resolución favorable: cuando expediente pasa al estado «resuelto favorable» significa que la solicitud ha sido aprobada. Si seguimos con el ejemplo anterior, querrá decir que te han aprobado tu solicitud de residencia y te la han concedido. La Administración tiene 15 días para notificarte.
- Resolución denegatoria: si el estado es «resuelto no favorable» quiere decir que no te han concedido la solicitud. En el ejemplo anterior significa que te han denegado la residencia. La siguientes opción que tienes es interponer recurso.
- En vía de recurso: sería el paso siguiente en el supuesto de que te resuelvan desfavorablemente la solicitud. Este estado significa que la administración está estudiando el recurso.
- Archivado: quiere decir que la Administración te ha solicitado documentación y tú no la has facilitado en plazo o bien que has desistido de tu solicitud.
- Trámite requerido: aparecerá así tu expediente cuando hayas interpuesto un recurso y la Administración te haya solicitado documentación adicional.
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