Durante ese periodo de crisis sanitaria, no solo fue importante tener vacuna contra el covid-19 sino que se plantearon varios problemas como: la accesibilidad, la equidad en la distribución o la logística de la vacuna.
Se planteaba la posibilidad de suspender las patentes durante la pandemia. Estaríamos ante dos escenarios: vacuna para todos o vacuna para aquellos países que pudiesen costearla.
Mientras los científicos de todo el mundo intentaban sacar una vacuna contra el coronavirus, algunos miembros de la Organización Mundial del Comercio planteaban la suspensión de determinados artículos del acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio. Esto supondría la liberación de las vacunas y de todas las tecnologías de las patentes mientras dure la pandemia.
¿Qué ocurriría si se liberan las vacunas? Se facilita el desarrollo y producción de mayor cantidad y a un precio más bajo. Además hay que tener en cuenta que la financiación de la investigación de la vacuna contra el covid ha sido con dinero público. Con lo cual, el planteamiento de algunos países de suspender las patentes, no era del todo descabellada.
¿Se puede patentar una vacuna?
La respuesta es sí. Se puede patentar una vacuna, como cualquier otra invención. Una patente te otorga el derecho en exclusiva de explotación, pero se trata de un derecho limitado territorialmente.
El Estado te da este derecho de impedir que terceros hagan una explotación no consentida por parte de tu invención, y a cambio de que tú pongas dicha invención a disposición del público.
Los requisitos para patentar una vacuna son los mismos que para el resto de invenciones. Las vacunas en general, y la del coronavirus en particular deberá cumplir una serie de requisitos para ser concedida, entre ellos:
- Original/Novedad: que la invención no se haya hecho pública con anterioridad a la fecha de solicitud.
- Actividad inventiva: que no resulte algo evidente del “estado de la técnica” para un experto en la materia.
- Aplicación industrial: que el objeto de la patente pueda ser fabricado o utilizado en cualquier clase de industria.
Los trámites burocráticos:
- La patente se debe solicitar en la oficina de registro, en el caso de España la OEPM (Oficina Española de Patentes y Marcas)
- La solicitud de la patente debe ir acompañada de determinada documentación, entre ella, una memoria descriptiva. En el caso de las vacunas esta memoria detallará cómo se obtiene, o cómo se elaborar, y cómo funciona la vacuna.
- En dicha memoria descriptiva se define y delimita lo que se quiere proteger a través de una serie de reivindicaciones.
- También se debe presentar el justificante de pago de tasas oficiales.
Si estás interesado en patentar una vacuna, o cualquier invención, lo más recomendable es que te pongan en manos de abogados de patentes y marcas. Expertos en la materia que te guiarán y asesorarán de una manera especializada.
¿Si se libera una patente, qué ocurre?
Como ya sabemos, el propietario de una patente, tiene el derecho a impedir que otros vendan o fabriquen su producto sin su consentimiento. Pero si se libera una patente, lo que se está haciendo es que el propietario de la misma deja que el resto de empresas e instituciones usen su producto o su método libremente, y no se ejerce su derecho de uso en exclusiva.
En situaciones de crisis o emergencias sanitarias sería ideal que se liberen las vacunas. Se priorice la salud frente a lo económico. A principios de mayo de este año, EEUU anunció la posibilidad de suspender las patentes de la vacuna contra el covid-19. Europa también se lo está planteando. Una liberación de las vacunas supondría que los países en vías de desarrollo pudieran fabricar sus propias vacunas. Sorpresivamente a las farmacéuticas esta idea les ha parecido pésima.
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