En nuestro ordenamiento jurídico tenemos la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes. Una patente se trata de un conjunto de derecho que tiene el inventor respecto de un producto. La patente protege la idea del titular para que no se puede usar o distribuir con fines comerciales sin el consentimiento del mismo.
Si tienes una idea, lo más recomendable es que la patentes, para tener todos los derechos exclusivos de la misma y evitar plagios. Lo más recomendable es que te pongas en manos de abogados de patentes y marcas ya que te sabrán guiar y te asesorarán de manera especializada.
¿Se puede registrar una idea?
Tal y como indica el art. 4 de la Ley de Patentes: Son patentables, en todos los campos de la tecnología, las invenciones que sean nuevas, impliquen actividad inventiva y sean susceptibles de aplicación industrial.
Por lo tanto, es posible registrar una idea. Se exige que sea una creación nueva y que no exista ya en el mercado, debe ser original 100%.
Una invención sólo es patentable si es:
- Novedosa y sin previa divulgación.
- Se distingue por una actividad inventiva no obvia a un experto en la correspondiente tecnología.
- Susceptible de aplicación industrial, esto es, que sea físicamente posible fabricar la invención.
Serán invenciones no patentables: los descubrimientos, las teorías científicas, los métodos matemáticos, las obras literarias y artísticas y las creaciones estéticas, así como las obras científicas, los planes, reglas y métodos para juegos, para realizar actividades intelectuales o para actividades económico-comerciales, los programas de ordenador (aunque hay invenciones de software que sí se pueden patentar) y las formas de presentar información.
Pero no solo es importante patentarla, otra forma de proteger tu idea es mediante los derechos de propiedad industrial. Mientras desarrollas la invención, es la mejor opción para proteger tu idea. Una vez que has desarrollado tu invención, el siguiente paso es patentarla. Debes proteger tu idea.
¿Cómo patentar una idea?
Existen dos organismos para poder registrar una idea:
- Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), que depende del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
- Registro de la Propiedad Intelectual, dependiente del Ministerio de Cultura y Deporte.
Tienes que tener en cuenta que la patente tiene límites territoriales, es decir, solo es efectiva en el país donde se ha registrado. Si quieres ampliar tu patente a otros país, deberás patentar tu idea en ellos.
La protección por patente tiene límite temporal: suele ser de 20 años contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud, aunque se incluye un primer año de protección internacional, que se puede extender otros 18 meses para proteger nuestra idea a nivel mundial.
Fases
Solicitar una patente es un procedimiento jurídico regulado por plazos y muy formalista.
- Presentar la solicitud de la patente, junto con datos del solicitante, una descripción de la invención, reivindicaciones, planos (en su caso) y un resumen. Pagar una tasa.
- Si su documentación es correcta, se otorga a su solicitud una fecha de presentación, conocida como fecha de prioridad. Tras la presentación se realiza un examen de forma para comprobar si su documentación es correcta y está completa.
- Se le envía un informe de búsqueda, en el que se relacionan y se incluyen copias de todos los documentos de estado anterior de la técnica que haya encontrado un examinador con experiencia y considerado relevantes para su invención.
- Su solicitud se publica a los 18 meses de la fecha de presentación.
- Si los examinadores deciden conceder la patente, y se han pagado todos los honorarios y presentado todas las traducciones de las reivindicaciones, la decisión se publica en el Boletín Europeo de Patentes.
- Una vez publicada la decisión de la OEP de conceder la patente, ésta tiene que validarse en cada uno de los estados designados en un plazo determinado.
- Una patente concedida puede ser objeto de oposición por terceros, por lo general los competidores del solicitante, si consideran que no debía haberse concedido. Desde que la concesión se publica en el Boletín Europeo de Patentes, disponen de nueve meses para presentar notificaciones de oposición.
- Todas las decisiones de la OEP son susceptibles de recurso.
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