La realización de un proceso judicial supone una serie de gastos. Debemos diferenciar entre gastos procesales y costas procesales, no es lo mismo.
El artículo 241 de la Ley de Enjuiciamiento civil diferencia entre los gastos del proceso y las costas:
- Los gastos procesales son aquellos desembolsos de tipo económico que tienen un origen directo o inmediato con la existencia de un proceso.
- Las costas procesales o costas judiciales son todos aquellos gastos que se requieren para llevar a cabo un juicio, estos gastos comprenden desde el inicio del proceso hasta su finalización. Es decir, se refieren al pago de una serie de conceptos que enumeraremos más adelante y se originan durante la tramitación de un procedimiento judicial.
Hoy nos vamos a centrar en las costas que se generan en un juicio.
¿Qué gastos incluyen las costas?
El artículo 241 de la Ley de Enjuiciamiento civil enumera lo que se considerará costas:
- Honorario del abogado y procurador, cuando su intervención sea obligatoria.
- Inserción de anuncios o edictos que de forma obligada deban publicarse en el curso del proceso.
- Honorarios de los peritos.
- Copias, certificaciones, notas, testimonios y documentos análogos que hayan de solicitarse conforme a la Ley, salvo los que se reclamen por el tribunal a registros y protocolos públicos, que serán gratuitos.
- Derechos arancelarios que deban abonarse como consecuencia de actuaciones necesarias para el desarrollo del proceso.
- La tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional, cuando sea preceptiva.
¿Quién tiene que pagar las costas en un juicio?
La repuesta la tenemos en el artículo 241.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil:
«1. Salvo lo dispuesto en la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, cada parte pagará los gastos y costas del proceso causados a su instancia a medida que se vayan produciendo.»
La norma general es que cada parte debe abonar los gastos que vaya generando la defensa de sus intereses en el juicio. Pero si en la sentencia que pone fin al procedimiento se condena a la parte contraria al pago de las costas, el vencedor puede solicitar del Juzgado que se le abonen los gastos que él ha tenido que soportar en relación con el procedimiento judicial.
Es decir, se puede imponer el pago de las costas a quien ha visto desestimadas sus pretensiones. Debiendo abonar al vencedor las costas que le ha originado la tratamitación del procedimiento.
Principio del vencimiento
La regla general en nuestro sistema es que cada parte debe abonar sus propios gastos, pero como hemos visto también existe el principio del vencimiento: quién gana el proceso tiene derecho a exigir el cobro de los gastos en los que ha incurrido.
Para aplicar dicho principio es necesario que la sentencia condene expresamente a la parte contraria al pago de las costas judiciales. Si no existe este reconocimiento expreso, no es posible reclamar las costas.
Tampoco se podrán reclamar las costas judiciales, a pesar de tener un reconocimiento expreso en la sentencia cuando la otra parte sea beneficiario de la justicia gratuita.
También las sentencias pueden contener una expresión como «sin hacer especial pronunciamiento en costas» o «que cada parte abonará las costas causadas a su instancia«. Esto significa que cada parte asumirá sus propios gastos con independencia de que haya ganado o perdido el pleito.
La condena o no en costas
Por un lado tenemos la parte que sus pretensiones han sido desestimadas (parte vencida) y quien ha obtenido una sentencia estimatoria (parte vencedora), hemos de distinguir las siguientes situaciones:
- La parte vencida y que ha sido condenada en costas de forma expresa en la sentencia, deberá pagar sus costas y las del contrario.
- La parte vencedora pueden ocurrir dos cosas:
- Si el juez no condena en costas o no ha hecho pronunciamiento sobre condena en costas, debe pagar los gastos causados a su instancia. Cada uno de los litigantes pagará los honorarios de su abogado y procurador. Esto suele ocurrir cuando el Juez tiene dudas de hecho o de derecho acerca de quien lleva la razón o si la petición inicial solo ha sido estimada parcialmente.
- El juez condena en costas, se aplica el artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil puesto que es la otra parte quien tendrá que pagar los gastos del abogado y procurador, entre otros. El procedimiento para solicitar el pago de las costas es el conocido como «tasación de costas«.
Artículo 394.1 LEC: En los procesos declarativos, las costas de la primera instancia se impondrán a la parte que haya visto rechazadas todas sus pretensiones, salvo que el tribunal aprecie, y así lo razone, que el caso presentaba serias dudas de hecho o de derecho.
Antonio dice
Buenos días. Ante todo gracias por el artículo.
Mi caso es el siguiente: He ganado un juicio contencioso contra mi ex-mujer, declarada en rebeldía, que se encuentra en el extranjero. La sentencia firme, la condena además a pagar las costas. Visto que dada su rebeldía he tenido un gran gasto para acudir a la justicia rogada para satisfacer mis pretensiones, sin posibilidad de acuerdo con la otra parte… ¿existe alguna manera de cobrar las costas independientemente de que la parte condenada no atienda los requerimientos de ejecución de sentencia? Por ejemplo, que el estado pudiera ser declarado responsable subsidiario… dado que esta persona ni siquiera se presentó a juicio así que no hay esperanza de cobro.
El Rincón Juridico dice
Hola,
El Estado no es responsable subsidiario. En caso de que su ex-mujer no pague los gastos, y no atienda los requerimientos, será complicado que pueda cobrar. Su abogado tendría que solicitar al ejecución y podrían llegar a embargar bienes en el caso de que su ex-mujer tuviera alguno.
De todas formas, usted tendría que pagar los honorarios de su abogado e intentar cobrar esas costas, si se pudiera.
Saludos
Fran dice
Buenas ,, gane un juicio por accidente de trafico con los abogados de mi anterior compañía de seguros. Se me abonaron daños fisicos y materiales y finalmente las costas del juicio que este despacho de abogados que trabajaban para mi anterior seguro me reclaman. Mi pregunta es si debo abonarles a ellos esas costas o al ser los abogados de mi seguro son para mi. Gracias un saludo.
El Rincón Juridico dice
Hola,
Debes comprobar la póliza de tu seguro porque normalmente cubren parte de los gastos de juicio. En el caso de que tu seguro no cubra dichos gastos. Tienes que pagar a los abogados por el trabajo realizado.
Saludos
DAVID dice
Buenas tardes, quería haceros una pregunta, según la sentencia:
Costas
Con arreglo a lo dispuesto en el art. 736.1 de la LECiv, en relación con el art. 394, se imponen a la parte actora y solicitante de medidas las costas de este incidente.
Vistos los preceptos citados y demás de general aplicación.
Mi pregunta es ¿a quien puedo reclamar que se haga ya la ejecución de las costas?
Gracias.
El Rincón Juridico dice
Hola,
Pues depende de cómo esté el procedimiento. Si han presentado recurso o no. Una vez que la sentencia sea firme, ya podrás solicitar las costas. Te recomiendo que hables con tu abogado/a para que te informe ya que tendrá que presentar sus honorarios y el procurador igual.
Saludos
Juan dice
Hola , me pueden solicitar las costas si soy el perdedor en un juicio y el ganador tiene justicia gratuita? Gracias
El Rincón Juridico dice
Hola,
Sí, te pueden solicitar las costas aunque el contrario tengas justicia gratuita.
Saludos
NARCISO dice
DENUNCIE A LA EMPRESA CONSTRUCTORA Y AL ARQUITECTO POR VICIOS OCULTOS, AL SALIR LA SENTENCIA SALIÓ QUE LAS COSTAS LAS TENÍA QUE PAGAR EL CONSTRUCTOR, PERO HA DESAPARECIDO LA EMPRESA, Y DICE EL ABOGADO QUE ME TENGO QUE HACER CARGO DE ELLAS YO, ESTO ES ASÍ?
GRACIAS
El Rincón Juridico dice
Hola,
Las costas es para compensar los gastos que has tenido en el procedimiento. Pero tú tienes que pagar a tu abogado y procurador, con independencia de que te paguen o no las costas, tienes que pagar por el trabajo realizado.
Saludos
Estefania dice
Si sobreseen un procedimiento penal pueden condenar en costas a la parte actora?
El Rincón Juridico dice
Hola,
Como regla general, cuando hay un sobreseimiento no condenan en costas.
Saludos
Cristina dice
Buenos días he perdido muy injustamente un juicio en el que yo era la demandante por amenazas y calumnias llevé un vídeo incluso la acusada refería que pudo ser que me amenazara pero que no se acordaba las costas son de oficio pero no sé lo que significan
El Rincón Juridico dice
Hola,
Significa que nadie se tiene que hacer cargo de las costas. Que tú pagas tus gastos y la otra parte paga sus propios gastos ocasionados por el juicio.
Saludos
Óscar dice
Buenas noches
Gane un juicio por cláusula suelo y ya me resarcieron económicamente,faltando por cobrar las costas ,ya que el banco fue condenado en costas.
Yo hice una hoja de encargo la cual está firmada en la que queda reflejada que el importe ( en este caso les pague 2300 euros más IVA) sería para honorarios de abogado y procurador por todo el procedimiento hasta juicio en primera instancia como así fue.
Mis abogados presentaron una minuta de procurador y de ellos mismos por importe de 6300 euros.
En la hoja de encargo en ningún momento les he cedido las costas por lo que lo que yo tenía pactado está pagado,honorarios de abogado y procurador.
El juzgado me va a ingresar esos 6300 euros en concepto de costas ,mi pregunta es fácil:
Ese dinero es todo mío verdad,ya que yo he abonado lo pactado en hoja de encargo,no tendría ningún problema entiendo?
Gracias de antemano
El Rincón Juridico dice
Hola,
Las costas son siempre a favor del cliente. Si tú acordaste una cantidad con tus abogados, eso es lo que les tienes que pagar aunque las costas sean más elevadas. Ese dinero es tuyo, no te lo pueden reclamar.
Saludos
Oscar dice
Muchísimas gracias por aclararme esta gran duda,mis abogados siguen empeñados en que cuando las cobre les devuelva la diferencia de lo que yo les pagué,un saludo
Ana dice
Hola, me acaba de llegar una notificación de Hacienda en la que me han Embargado el anticipo de 100 euros por descendiente con discapacidad. He llamado al juzgado y resulta que es un préstamo del año 2011 y está en fase de embargo en ejecución de títulos no judiciales. El principal me han dicho que son unos 700 euros. Tengo un trabajo a tiempo parcial. Entiendo, que cuando acabe, no se me condenará en costas, porque por mi situación tengo derecho a justicia gratuita, pero no la he pedido. Simplemente, hablo con el juzgado para saber cada mes cuánto queda.
He hablado con la parte ejecutante y me proponen un acuerdo de 1800 euros, incluyendo todo. Yo creo que las costas si sigue el procedimiento judicial, no las pagaría y creo que ese acuerdo me perjudica.. ¿Qué opinan?
El Rincón Juridico dice
Hola,
Si no has solicitado la justicia gratuita, te pueden condenar en costas. El juzgado no tiene en cuenta la situación económica para condenar o no en costas. Respecto al acuerdo que te ofrecen, si el principal son 700 euros, 1800 es desproporcionado.
Saludos
Sofía S. dice
Hola,
Quería consultarles qué posibilidades tengo que reclamar los costes de un juicio a una empresa que me está cobrando el 35% por gastos; luego de haber ganado yo un reembolso por cancelación de viaje. (Hace dos años tenía un pasaje comprado, sin embargo debido a los cierres producidos por la pandemia me cancelaron el viaje; y 2 años después -hace sólo unas semanas- la empresa que se ofreció ayudarme con el reembolso, me ha contestado diciendo que ya lo tienen pero que se están cobrando 35% por gastos).
El Rincón Juridico dice
Hola,
¿Te están cobrando el 35% de los gastos por tramitarte una reclamación? Me falta información para poder responderte mejor. Te recomiendo que te pongas en manos de un abogado para que te ayude de forma más personalizada.
Un saludo
Alfonso dice
Hola yo tengo un caso de una tarjeta robolvin y el banco me a ingresado una cantidad a cargo de costas y me dice mi abogado que se las ingrese le pertenece a yo solo paste con el un porcentaje
El Rincón Juridico dice
Hola,
Las costas de un juicio son del cliente. Lo que tendrás que hacer es pagar los honorarios de tu abogado según lo que hayáis acordado.
Saludos
G. Esteban dice
Voy a reclamar los gastos de hipoteca y en el servicio jurídico donde lo van a hacer, me cobran el 25% de todo lo recaudado y las costas. En ese 25% de porcentaje no están incluidos los honorarios del abogado y procurador? Se pueden quedar con las costas también? Muchas gracias
El Rincón Juridico dice
Hola,
Si lo pactas con ellos, sí se pueden quedar con el 25% más las costas. Eso es algo que se negocia entre el cliente y el servicio jurídico.
Un saludo
Lorena dice
Hola, he tenido un juicio por delito leve en procedimiento abreviado. La sentencia dictaminada por el juez salió a mi favor debiendo abonarme la agresora un importe de dinero,todo ello con expresa imposición d costas a la condenada. Significa eso q ella debe d pagar mi abogado o lo debo d hacer yo?
El Rincón Juridico dice
Hola,
El abogado lo debes pagar tú, pero al condenar en costas, la parte que perdió el juicio debe pagar ese gasto. Bien antes de que pagues a tu abogado o después de que lo hayas pagado, eso ya como lo hayas negociado con tu letrado.
Saludos
MC dice
Hola. Mi abogado puso una querella penal por un supuesto delito de apropiacion indebida, aun esta todo en fase de instrucción. Hizo un presupuesto de 3250 € más iva, que yo le voy pagando según va desarrollandose la instrucción. (el me va pidiendo provisión de fondos de esa cantidad Si saliera el juicio en la Audiencia Provincial y me dieran la razón, cuanto es lo normal que le pague a mi abogado. El me dijo que le debería dar un % si se ganaba la querella,. El total reclamado son 95.000 €. No se cuanto le debería de pagar aparte de lo que ya le estoy abonando. A la procuradora ya le pague 200 €. Por favor me pueden contestar a mi dirección de correo electrónico con su respuesta. Les estariamuy agradecida. Un saludo.
El Rincón Juridico dice
Hola,
Cada abogado fija sus propios honorarios, no hay nada tasado.
Saludos
Pilar Corell Dolz dice
Qué posibilidades tengo de ganar una demanda por haber sufrido una caída de caballo a causa de que la silla se giró y al caer sufrí rotura del húmero, intervención jurídica y un año de rehabilitación. Aún así me han quedado secuelas. Se trata de una empresa de paseos a caballo y cuya compañía de seguros afirma que no hubo negligencia por parte de la empresa. No sé cómo proceder.
Un saludo.
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Normalmente este tipo de empresas, te hacen firmar una exención de responsabilidad. Si crees que hubo negligencia y puedes probarla, puedes reclamar tanto a la empresa como a su seguro. Eso sí, la carga de la prueba la tienes tú y debes aportar pruebas suficientes para probar que la caída fue por culpa de la empresa, por ejemplo que la silla estaba mal amarrada, era de mala calidad, etc.
Te recomiendo que lo pongas en manos de un abogado experto.
Un saludo
Jesús dice
En primer ligar daros las gracias por vuestro tiempo, por el post y por las respuestas. He demandado en juicio verbal sin celebración de vista por ambas partes, por importe de 500€ a la universidad. El juez visto la demanda y la defensa, me ha desestimado la demanda y me condena a costas judiciales. La universidad ha usado abogado y procurador, en un proceso que no lo exigía, debido a que es un juicio verbal y por importe inferior a 2000€ ¿Qué me van a reclamar en costas judiciales? Entiendo que no tengo que abonar nada a su abogado y procurador, pero ¿existiría un «coste» por el juicio? ¿Qué importe y conceptos debo esperar que se me reclamen?
Muchas gracias por su tiempo
El Rincón Juridico dice
Hola,
Las costas serían un tercio de la cuantía. Es decir, un tercio de 500 euros. Solo tendrás que abonar esos honorarios si el domicilio de la otra parte está en lugar distinto a aquel en que se ha tramitado el juicio.
Un saludo
Anonimo dice
Buenos días,
He reclamado los gastos de hipoteca y he ganado, el Banco ha sido condenado en costas, me han ingresado a mi las costas y mi abogado anda detrás de mi porque quiere que se lo pague a él, le corresponden a él y al procurador? yo le firmé un papel que si perdía le pagaba 250€, cómo puedo saber cuáles son sus «costas», cómo puedo saber cuál es el detalle de lo que me ha ingresado el banco. debo decir que sólo he recibido 1300€ entre principal e intereses de la reclamación de mis gastos y las costas son mas de 3000€.
Muchas gracias.
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Las costas pertenecen al cliente pero tanto el abogado como el procurador deben cobrar por su trabajo. Solicita al abogado su minuta y con el dinero de las costas, se lo puedes abonar.
Un saludo
Fdez dice
Buenas noches y gracias por el artículo.
No estoy familiarizado con el lenguaje y procesos jurídicos en absoluto, pero me gustaría saber algo más concreto referente a un caso reciente.
En una venta por internet, resulta que la persona compradora era un estafador que se había echo con las contraseñas y credenciales tanto de la plataforma como del banco de la misma (increíblemente..) por lo que unos meses después se me cita como presunto miembro de banda organizada por ser yo uno de los 6 receptores de transferencias de esa cuenta, por tanto como culpable. Tras presentar todas las pruebas y conversaciones con el presunto comprador legítimo y prestar declaración, el caso pasa a sobreseído, sin culpables y sin condena de costas.
La abogada asignada de oficio para el juicio en mi defensa, tras haberme sido denegada la justicia gratuita, me reclama los honorarios.
Algo que para tratarse de justicia, se me antoja muy injusto, que alguien determine que soy culpable (erróneamente por supuesto, y difícil de entender tratándose de un caso bastante claro de estafa de terceras partes leyendo la declaración de la denunciante solamente y la denuncia, ya se hace evidente) se me busque y notifique en mi domicilio la asistencia a declarar con los agravios que supone solo el echo de tener que ir a un juzgado (sobre todo entiendo si es la primera vez, como en mi caso).. etc.. no me enrollo más. Y habiendo expuesto el escenario, mi consulta es: realmente tengo que abonar esos honorarios vías transferencia a la cuenta de la abogada? Es realmente el momento de pagarlo o habría que esperar a una sentencia resolutiva firme? No me lo debería notificar esa necesidad de pagar una autoridad judicial?..
Ante todo muchas gracias
El Rincón Juridico dice
Hola,
Sí, tienes la obligación de pagar los honorarios a tu abogada. Cuando se te rechaza la justicia gratuita, tienes que pagar tú los gastos del abogado. Y no, no es necesario que un juzgado te indique que lo tienes que pagar. Puede ser más o menos justa la situación, pero al final hay que cumplir con la ley y si no quieres hacerte cargo de esos gastos, la abogada te los puede pedir judicialmente y eso conlleva intereses y seguramente costas.
Saludos
Juanjo García dice
Hola, muy interesante e informativo el post.
Tengo una duda: las costas a favor del demandante de una reclamación deben declararse a Hacienda? Y aunque estas costas me pertenezcan, si no las recibo porque, según el acuerdo con el abogado, las costas son para él, también debo declararlas? Es decir, estas costas, a pesar de no recibirlas, me repercutirían fiscalmente?
El Rincón Juridico dice
Hola,
¡Muchas gracias! Muy buena pregunta. En 2020 la Dirección General de Tributos cambió su criterio. Decidió declarar que las costas no estaban sujetas a tributación como ganancia patrimonial si dichas costas eran los honorarios profesionales del Abogado y el Procurador que había defendido a la persona beneficiada con las costas. Pero si el importe de las costas cobradas es superior a los gastos generados en el proceso, el exceso tributará como ganancia patrimonial.
Un saludo
Andrei dice
Hola nuestro ex casero nos amenaza con ir por vía judicial y que nosotros tendremos que pagar todo , porque el mismo se ha sacado 600 euros sin demostrar ni nada , que según él se han echo de desperfectos. Que podemos hacer? Da un poco e miedo ..
El Rincón Juridico dice
Hola,
Seguramente sea una amenaza y no llegue a nada. Si vosotros podéis demostrar que no hay desperfectos, no habría problema y además, el casero tiene que demostrar que sí los ha habido.
Saludos
Erahorahan dice
Buenos días, en un juicio verbal entre dos particulares, por un importe de menos de 1000€, el demandante vive en otra localidad. Si este decide ir con abogado y procurador, y gana, y el juez condena en costas al demandado, ¿cuánto podría ser el importe de las costas? Gracias
El Rincón Juridico dice
Hola,
Los honorarios no pueden superar un tercio de la cuantía, es decir, las costas no deben superar los 333 euros
Un saludo
Rosario Ascues Casado dice
Buenas tardes.
Mí hermano interpuso una demanda de divorcio por causal de separación de hecho, en la sentencia, declararon fundada su demanda y éste divorcio salió por causal de separación de hecho, sin embargo exoneraron de pago de gastos y costos a la parte demandada. Esto es lo correcto?
El Rincón Juridico dice
Hola,
Sí, suele ser lo habitual en procesos de familia, no se suele condenar en costas a ninguna de las partes.
Un saludo
Silvia dice
Y, hay alguna forma de poder reclamarlo?
Ya que si la parte demandante termina siendo la condenada, ha ocasionado un perjuicio a la parte demandada, cosa que dicha parte no contaba con el gasto de honorarios de abogado y procurador.
Hay forma alguna de reclamar costas a la parte contrario una vez dictada sentencia?
Gracias de antemano.
Saludos.
El Rincón Juridico dice
Hola,
Las costas las decide el juez. El juez es quien determina si condena o no en costas. Si decide que no condena en costas, no puedes hacer nada.
Un saludo
Ana Gema dice
Hola! Tuvimos un juicio en el 2019 de la cláusula suelo y lo ganamos. Ya le pagamos en su día al abogado y al procurador. Después de 2 años, el banco nos abona las costas del juicio y ahora el abogado nos reclama ese dinero. ¿Ese dinero a quien le corresponde?
¿¿Tiene que cobrar 2 veces??
Gracias!!!!
Ana Gema dice
Ya hemos recibido la carta del Juzgado y presentamos el recurso de reposición, pero no nos lo han admitido, ¿qué tenemos que hacer?
El Rincón Juridico dice
Hola,
El dinero de las costas es del cliente. Si ya habéis abonado los honorarios tanto del procurador como del abogado, no tenéis que volver a pagarle.
Un saludo
Rocío dice
Hola! Es un juicio verbal que me reclamaba un abogado 1058 euros, y el cual fui condenada a pagar, ahora me reclaman las costas del juicio. A mi me dijeron que cuando es un importe tan pequeño no hay costas porque no es obligatorio llevar abogado ni procurador, puedo negarme?
El Rincón Juridico dice
Hola,
Si la otra parte no residía en la localidad donde se celebró el juicio y llevó abogado y procurador, sí tienes la obligación de pagar las costas. En caso contrario, deberás impugnar las costas por indebidas.
Un saludo
Virginia dice
Buenas,teniendo una sentencia a mi favor, el demandado tiene q pagar las costas xq así lo pone,yo a mi abogada antes del juicio la pagué un dinero por el procurador más todo lo q necesitaba antes del juicio
Pero aún teniendo esa sentencia a mi favor me dice q quedemos para llegar aún acuerdo xq todavía no se me ha pagado pero q ella quiere cobrar y q lo pague yo, eso se puede hacer?
Un saludo
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Sí, eso se puede hacer. Tú tienes que pagar a tu abogado y procurador, luego si condenan en costas a la otra parte, puedes recuperar ese dinero. Pero tanto tu abogada como tu procurador te tienen que reclamar a ti sus gastos.
Un saludo
Anonimo1 dice
Hola buenas me ha denunciado un señor por algo que 100% no he hecho
cuando gane el juicio, tiene el que pagar a mi abogado dentro de los costes del juicio?
puedo pedir un abogado de oficio, estando el paro
El Rincón Juridico dice
Hola,
Si le condenan en costas, sí deberá pagar al abogado pero solo si condenan en costas a la otra parte. Sí, puedes solicitar un abogado de oficio e incluso beneficiarte de la justicia gratuita si cumples los requisitos. Lo mejor es que acudas al colegio de abogados de tu localidad y allí te informarán.
Un saludo
Ra dice
Buenas tardes!
Mi familia ha tenido un juicio y este se ha ganado. Nuestro abogado nos ha dicho que nos ingresaban las costas a nosotros pero que son para él. Y nos hace darle todo, una parte en efectivo y otra en cuenta. Es correcto? Se tiene que quedar con el importe total de las costas de un juicio?
Gracias!
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Las costas incluyen todos los gastos del juicio. Abogado, procurador, etc. Ustedes tienen que pagar al abogado por sus servicios, si las costas solo incluyen la factura del abogado entonces sí, las costas serían para él. Pero si las costas incluyen más gastos, no.
Un saludo
Roberto dice
Hola,hace varios años a través de un bufete de abogados demandé al banco por cláusulas abusivas,el caso es que hace unos meses me ingresaron en mi cuenta el importe de las costas,decir que hace casi dos años que no resido en España,antes de marcharme informe al bufete de que me iba fuera y me informaron que si ganaba me lo ingresarían a mi cuenta,hasta ahí todo correcto,hace unos días me informa el inquilino de mi piso,que me ha llegado una citación ( no certificada ) del Servicio Común de actos de comunicación y embargos citándome,como es de suponer ya no vivo en España y no pude asistir,al parecer me reclaman las costas,de momento no tengo cita de ningún juzgado,solo un acto de comunicación de ese órgano,en estos casos que procede ? gracias.
El Rincón Juridico dice
Hola,
Si ganaste el juicio con costas, no te las tienen que reclamar. No entiendo bien qué costas te pueden estar reclamando. Otra cosa es que no pagaras a tus abogados, ahí si te pueden reclamar los gastos por los servicios prestados.
Saludos
Mario dice
Hola tuve un juicio contra una empresa me pago fogasa 2805 y ahora mi abogado me pide las costas? Se las tengo qué pagar?
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Dentro de la jurisdicción laboral no hay costas. Tu abogado te habrá solicitado sus honorarios. Sí, tienes que pagar la factura del abogado por los servicios que te ha llevado.
Un saludo
Lois dice
Hola:
Si soy demandado por un simple tema de custodia de un bien ¿tengo siempre derecho a que me defienda un abogado de oficio?.
De ser así y suponiendo que perdiese el juicio, por comentarios anteriores entiendo que no tengo que pagar costas propias ni del demandante. ¿Es así?.
Muchísimas gracias.
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Una cosa es ser beneficiario de la justicia gratuita y otra que te asignen un abogado de oficio. Cuando no conoces a ningún abogado, si acudes al Colegio de Abogados ahí te asignan un abogado de oficio. Si te condenan en costas, deberás pagar los honorarios de dicho abogado.
Pero en el caso de que te asignen un abogado de oficio y te declaren beneficiario de la justicia gratuita, ahí no tendrías que pagar las costas.
Un saludo
Alvaro dice
Hola, voy a pedir la liquidación de gananciales en mi divorcio. Me dicen que puede ser que tenga que pagar las costas. Cuanto puede llegar a ser el importe de estas costas? Gracias
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Depende de la cuantía del procedimiento. Normalmente las costas no pueden exceder de la tercera parte de la cuantía del proceso.
Un saludo
Pablo Fernández dice
He sufrido una estafa por la compra de un teléfono móvil por importe de 615€. El estafador es un particular que contacté a través de Milanuncios y no me envió el producto ni me ha devuelto el dinero. Esto está denunciado a la Policía con las correspondientes pruebas y pienso ir a juicio porque el vendedor no me devuelve el dinero. Si en el juicio me dan la razón y gano, ¿sería posible pedir que el vencido pague las costas de mi abogado y del proceso? O en este caso no es posible. Gracias de antemano y disculpen la ignorancia, es mi primera experiencia con la Justicia.
El Rincón Juridico dice
Hola,
Sí, es posible pedir las costas pero es el juez quien decide si condena o no en costas. Normalmente quien pierde el juicio, debe pagarlas pero siempre y cuando así lo diga el juez.
Un saludo
Pedro T. dice
Buenas, recientemente mi excuñada me ha denunciado por acoso y he tenido que ir al juzgado acompañado de un abogado para declarar como «investigado». Afortunadamente el caso se ha archivado. Mi pregunta es . Puedo reclamarle los gastos de mi abogado y/o mi día de trabajo perdido por ir a declarar? lo puede hacer cuantas veces desee sin ningún perjuicio para ella?
Gracias
El Rincón Juridico dice
Hola,
Podrías denunciarla por denuncia falsa o reclamarle daños y perjuicios
Saludos
María dice
Hola,
Tengo una consulta por si me pudiera orientar.
Me han demandado a juicio verbal por incumplimiento de contrato, me reclaman 600€. La empresa va con abogado y procurador.
Si pierdo el jucio puedo ser condenado a pagar costa? Al ser 600€ no requiere ir con abogado y procurador entiendo que no hay costa.
Muchas gracias
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Muy buena pregunta. Cuando en un procedimiento no es obligatorio abogado ni procurador, y se condena en costas, no tienes que pagar los honorarios de esos profesionales.
Un saludo
Pablo Fernández dice
¿En qué casos no es obligatorio abogado ni procurador?
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Te dejo un post donde hablamos de esto:
https://www.elrinconjuridico.com/blog/cuando-es-obligatorio-abogado-y-procurador/
Dependiendo de la jurisdicción será o no obligatorio la intervención de estos profesionales.
Un saludo
Fernando dice
Hola busque un abogado por un juicio laboral,con una demanda de 3.000.000 de pesos y terminé cobrando 380.000 pesos.porque tan poco?
Después que se le pago al abogado las costas del juicio como debe ser,ahora me pide un honorario adicional,porque?
Puede reclamar eso? Por favor necesito que me responda.
Gracias.
El Rincón Juridico dice
Hola,
Nosotros nos regimos por la legislación española. No puedo responder a su pregunta pueto que no sé cómo se regula el tema de honorarios en su páis.
Saludos
vanesa dice
Hola buenas una vecina me acusa a mi de robos en los buzones de paquetes que dejan los repartidores, dijo q me habia denunciado, ha pasado ya casi un año y no me ha llegado ninguna denuncia, ni en el acta han dicho nada es mucho tiempo casi un año o puede tardar más, y es un delito grave ? No tengo antecedentes soy propietaria de un piso y madre de un hijo y otro en camino, gracias. En caso de ir a juicio habría costes ?
El Rincón Juridico dice
Hola,
Si no te ha llegado la denuncia ya, es que no ha denunciado. O ha denunciado y se ha archivado por falta de pruebas. Puedes estar tranquila.
Saludos
Fernando dice
Hola busque un abogado por un juicio laboral,con una demanda de 3.000.000 de pesos y terminé cobrando 380.000 pesos.porque tan poco?
Después que se le pago al abogado las costas del juicio como debe ser,ahora me pide un honorario adicional,porque?
Puede reclamar eso?
Gracias.
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Me temo que no voy a poder ayudarte, somos de España y solo te puedo hablar de cómo es la legislación aquí. De hecho aquí no existen las costas en la jurisdicción social.
Un saludo
Jose dice
Hola buenas tardes una pregunta he sido desheredo injustamente y pienso recurrir pues el heredero no podrá demostrar la causa de desheredar y creo que el juez me dará la razón, pero esto me supondrán unos gastos que junto con la herencia quiero recuperar , que tengo que hacer, pedirlo en la demanda, esperar que el juez lo diga por iniciativa, esperar a que termine la sentencia. No se como se planea . Muchas gracias
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Normalmente en la propia demanda se pide la condena en costas de la parte que no ha visto satisfechas sus pretensiones. Pero en el supuesto que en la sentencia no se pida, el juez de oficio debe pronunciarse sobre las costas. Pero cuidado porque el juez puede imponer las costas a la parte «perdedora» del pleito o no imponer las costas a nadie, aunque tú lo hayas pedido.
Un saludo
Pepe Pérez dice
Sufrí una lesión por defender a una anciana de tres Delincuentes. Uno fue el judicializado. Lo otros se escaparon. Esto fue en agosto del 2020 en unas vacaciones familiares. Vivo en una provincia lejos del sitio dónde ocurren los hechos. Un abogado me pidio un poder para pleitos y me cobra 30% cuota litis dijo que me enviaría un contrato para firmar. No lo ha hecho. Solo envié poder para pleitos. Sufrí unas lesiones que me incapacitaron casi un año y quedé con secuelas permanentes que me impiden laborar completamente lo hacía. El abogado me dijo que no me llevaría también el proceso para solicitar pensión de invalidez permanente y que sobre este otro proceso me cobraría un 30% sobre lo que me otorguen durante los primeros 5 años. Pero debo decir pagarle por este otro tema 1.500€ como provisión de gastos. Me parece excesivo. Aparte de que la comunicación con dicho abogado es muy precaria y deficiente. Lo llamo y escribo y casi nunca me contesta. Cuando lo hace, no me concreta nada. Qué puedo hacer? Son correctos esos porcentajes en cada proceso? No he pactados nada sobre temas de costas pero me imagino que sé querrá quedar con ellas si las hubiere.. Es realmente necesario tener abogado en los casos penales donde tu eres el perjudicado y y demandante? Agradezco mucho vuestra respuesta.. Me siento solo en este tema.. Cordial saludo.
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Los honorarios de los abogados son libres, y pueden cobrarte esas cantidades. Si no tienes una hoja de encargo donde te indica su minuta y el coste de sus servicios, ni has acordado nada con él sobre eso…lo mejor es que hables con él y le informes de que no estás de acuerdo con esas cantidades, y bien negociar otra o rescindir sus servicios.
Respecto a las costas, éstas son del cliente no del abogado. Debes quedártelas tú, salvo que hayáis pactado otra cosa.
Y en los asuntos penales, en la mayoría sí hace falta estar asistido de abogado aunque seas el perjudicado.
Un saludo
Susana dice
Buenos días:
Tengo un seguro de responsabilidad civil a través del cual demandamos a la comunidad de vecinos. Me asignó a un abogado, y el abogado jamás me pasó hoja de encargo ni precio de minuta. Al ganar el juicio, se condenó también en costa, que se ingresaron en mi cuento. El abogado me llama diciendo que ese dinero no me pertenece, que se han equivocado de cuenta (?) ahí me sonó raro, puesto que un abogado sabe que las costas son para el del. pronunciamiento en costas (yo). La tasación fue superior a sus honorarios. Le comento que si ha cobrado del seguro, y no responde. Llamo al seguro y me dice que sí ha cobrado, pero el seguro me va a demandar porque le tengo que dar esas costas a ellos. El abogado ha iniciado procedimiento de jura de cuentas, y el asegurado iniciará también reclamación. Me parece un embrollo jurídico importante, del que no encuentro nada absolutamente en internet. Voy a acabar aprendiendo derecho de lo mucho que estoy aprendiendo, pero en este caso no sé qué hacer. Yo pago al seguro todos los meses…¿eso no se puede considerar gastos de las costas? Quién tiene razón aquí? Se me acusa de enriquecimiento ilícito y creo que si les doy las costas los que se enriquecen serían ellos.
Jose Soler Bernal dice
hace 2 meses hemos tenido un juicio y el juez a condenado en costas a la parte contraria. mi abogado me ha cobrado su minuta a mi. esto es correcto?
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Sí, es correcto. La condena en costas es a favor del cliente, no del abogado. El abogado tiene que pasarte la factura por sus servicios. A veces los abogados esperan a que el cliente cobre las costas y ya le pasan la factura, pero no tiene por qué hacerse así.
Un saludo
Marta Perez dice
Buenas tardes,
si yo soy la parte que cobra dichas costas, debo de crear alguna factura? Tengo que hacerle una factura a la parte contraria?
Muchas gracias.
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Deberás iniciar un procedimiento de tasación de costas y ahí incluir la factura de los gastos del procedimiento, por ejemplo: factura de abogado, procurador, etc. O si has tenido que pagar un perito, incluir también sus gastos.
Es decir, tienes que mandar un escrito al juzgado indicando que han condenado en costas en el procedimiento nºX a la parte contraria, y aportas todos los gastos en los que has incurrido para que la parte contraria los abone. El Juzgado manda dicho escrito a la otra parte para que en 10 días haga alegaciones y luego el Letrado de la Administración de Justicia resuelve sobre la tasación.
Un saludo
Jose Soler Bernal dice
hemos tenido un juicio hace 2 meses y el juez a condenado en costas a la parte contraria, pero mi abogada me ha cobrado a mi su minuta. esto es correcto?
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Sí, es correcto. Cuando se condena en costas a la otra parte, los abogados podemos enviar la factura por los servicios aunque aún el cliente no haya pagado las costas o bien esperar a que se ingrese el dinero de las costas.
Un saludo
Carola dice
Hola,
Tengo una sentencia donde el juez reconoce los gastos hipotecarios abusivos pero no condena al banco a las restitución del importe por estar prescrito hace ya más de 10 años. Las costas cada uno las suyas.. Ahora mi abogado quiere apelar para que me sea devuelto el dinero y que no se tenga en cuenta los 10 años de prescripción, sino que el plazo cuente a partir de cuando se ha reconocido abusivo.
Mi pregunta es,
¿Podría el juez condenar al banco a restituir el importe pero condenarme a mi a pagar sus costas?
Es decir, recupero el dinero, pero debo hacerme cargo de sus costas y de las mías.
Gracias y saludos
Carola dice
Hola,
Tengo una sentencia donde el juez reconoce los gastos hipotecarios abusivos pero no condena al banco a las restitución del importe por estar prescrito hace ya más de 10 años. Las costas cada uno las suyas.. Ahora mi abogado quiere apelar para que me sea devuelto el dinero en su día y no se tenga en cuenta los 10 años de prescripción.
Mi pregunta es, si recurro la sentencia y el juez vuelve a reconocer que el banco no debe pagarme el dinero, ¿podría por insistir condenarme a pagar las costas del banco?
Es decir, no habría ganado nada, sino que saldría perdiendo al tener que asumir las costas del banco ¿puede darse el caso?
Gracias y saludos
Byron Enrique dice
Ola buenas tardes …mi abogado ganó el juicio a Wisin.y le enviaron 1550 euros a nombre de mi madre y el abogado .al preguntarle al abogado que si ese dinero es mio o de el me dijo que ese dinero es de que el aver ganado el juicio del que yo tenía que pagar …pero gane y le pago Wisin….y leyendo la centencia la juez condena a pagar las costas a partes igual… Y mi pregunta es si tengo que pagarle al abogado aviendo un cheque a mi nombre que lo recibió el ?
july dice
Buenos días. He tenido un juicio hace 2 años, donde me condenaron a pagar la responsabilidad civil por daños materiales, este mes anterior he pagado todo con la ayuda de un familiar ya que soy insolvente. también me condenaron a pagar las costas del juicio hace un año me llego la tasación 2263 €. , pero tengo una alta sospecha que el abogado que contrate se había aliado con la parte contraria, para sacar partido, y mucho; claro pero eso es imposible demostrarlo. Ya que su actuación deja mucho que desear en mi defensa , ni notificaciones ni asesoramiento recibí de él posteriormente al juicio,. Ahora mi pregunta es referente al pago de las costas ¿Cuándo hay que pagarlas? ¿Estoy obligado? ya que hay un párrafo que dice que si tiene reconocida la justicia gratuita no debería pagarla, y al no tener abogado ya que este me dejo tirado, y no tener solvencia ¿podría defenderme un abogado de oficio? y así de momento hasta que no encuentre trabajo el juzgado no me lo pida, aunque solo he recibido hace un año la tasación. Gracias por lo que puedan orientar.
Raquel dice
Buenos días, hace un mes me denuncio la comunidad de vecinos donde yo y mi hermana somos nuda propiedad, por unos impagos y deudas que generó mi padre y que debía de pagar el, el es usufructo , tampoco nos informó de esas deudas, ni mi padre ni la comunidad, hasta que nosotros lo descubrimos pasaron 4 años, tuve que pedir un préstamo y he saldado todas las deudas con la comunidad pero el abogado de la comunidad me pide que pague el procedimiento que hizo; tengo que pagar las fotocopias, el procedimiento monitorio y la minuta de honorarios unos 400 €.la verdad es que lo veo un poco injusto primero porque no sabíamos todo lo que había pasado y encima en estos momentos de crisis nos encontramos con esto y encima la comunidad está pagando su propio abogado y gestoría y somos nosotros los que tenemos que pagar ese procedimiento, creo que no tendría que hacerlo yo. Gracias por escucharme
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Aunque dichas deudas las generara tu padre, la Comunidad de Vecinos se las tiene que reclamar al nudo propietario, en este caso a vosotras. Si entre vosotras y tu padre tenéis un acuerdo que indique que los gastos del bien inmueble serán sufragados por vuestro padre, podréis reclamarle ese dinero. En este caso, la Comunidad ha actuado bien (aunque podía haber sido más diligente y haberos avisado con más antelación).
Respecto al pago del abogado y los gastos en los que ha incurrido la Comunidad de Vecinos, vosotras no sois responsables de los mismos. Salvo que haya una sentencia que os condene en costas. Entiendo que cuando te notificaron el inicio del procedimiento monitorio, hiciste frente al pago y el procedimiento se terminó. Si el Juzgado no se pronunció sobre las costas, no tienes que abonarlas. Y en el supuesto que te toque pagar las costas, puedes impugnarlas por excesivas.
Un saludo
Andrea dice
Hola buenas, tengo una duda relacionada a este post. Ayer hablé con mi abogado ya que gane un juicio y no he recibido después de 7 años ni un euro de dicha Sentencia, le pregunte que si se podía hacer algo más y me dijo que le miran las cuentas y propiedades y no se puede rascar de ningún lado. En la sentencia pone que el paga los costes pero mi abogado me dice que si no va a ser posible pillarle por ningún lado que tendré que pagar yo los costes de mi abogado y procuradora. Eso es así? Muchas gracias. Un saludo
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Me temo que sí. Mientras no tenga ingresos o bienes que se le puedan embargar, no podrás cobrar lo que te corresponde. Tendrás que abonar los gastos de tu abogado y procurador, y si consiguen embargar algún bien del contrario, podrás recuperar esos costes.
Un saludo
Carlos dice
La Abuela de mi hija de 15 años me demanda en tribunal de familia 3 veces al año por distintas cosas inventadas, y siempre o pierde o abandona el proceso, jamas ha ganado nada, pero insiste por hacerme perder tiempo y dinero al tener que contratar abogado.
segun lo que lei, al ser ella beneficiaria de abohado gratuito no puedo pedirle que pague las costas, por lo que no veo que solucion puedo tener, quiero que me deje de tener en el tribunal todo el tiempo, y ojala recuperar algo de dinero.
Manuel Sánchez Calderón. dice
Si la sentencia condena en costas, significa que el “vencedor” podrá solicitar al Juzgado que se le abonen los gastos que él ha tenido que soportar en el procedimiento judicial .Con lo cual, debes pagar a tu abogado y procurador, salvo que hayaís pactado otra cosa, «.Lo único pactado que cobraría un diez por ciento de lo que yo ganase en sentencia» ,Lo que sucede es que ha sido todo un fiasco. La parte contraria la vencida, éste individuo si ha pagado a su abogado ,y procuradora. El detalle de que se podría declarar» Insolvente» quien paga a mis abogado y procuradora, me pregunto ,me dicen que yo en ese caso, cuando he sido la parte que ha ganado en sentencia. Y el ha sido condenado «al pago de Costas «o bien paga el propio juzgado, o la compañía aseguradora de la parte vencedora. Por mi parte yo no he tenido gastos en estos dos años que llevamos con éste asunto. Dinero en» A» tiene poco ,en «B» infinito…Un saludo y gracias.
juan sabino dice
Hola: Me han ingresado en mi cuenta un dinero por las costas judiciales, gané el juicio, la cuestión es que mi abogado me dice que le dé ese dinero, pero es que Yo ya le he pagado durante todo el proceso, 500 euros para empezar, luego que si 200 para esto, que si 100 para el procurador que si esto y lo otro…..al final el juicio me ha costado unos 1000 euros de abogado procurador, burofaxes, correos certificados con AR, etc… y ahora me dice que le dé los 600 euros que me han ingresado en la cuenta que dí en el juzgado por si el juez estimaba que me pagase el denunciado las costas judiciales…y ahora resulta que el abogado me pide ese dinero..) ¿a qué viene eso? ¿me ha visto cara de tonto o qué? ¿se ha fumado algo muy bueno y alucina? M elo aclaran por favor.Gracias.
Francisco Sáenz Pacheco dice
En un accidente de tráfico le dí un toque lateral a una moto y la volqué con lesiones no muy graves.La compañía de seguros de la lesionada pide a mi compañía de seguros 9000 euros de indemnización total y al no ponerse de acuerdo en las cifras vamos a juicio verbal.¿quede como quede la indenmizacion la pagaría mi compañía de seguros, donde tengo responsabilidad civil y terceros,correcto? ¿Y como va eso de las «costas» , mi compañía me cubre con «defensa jurídica», «correcto? Gracias.
Manuel Sánchez Calderón. dice
Hola He ganado un juicio, recientemente, a una persona de raza gitana,Flores Cortes, por un accidente de tráfico, iba bebido,y drogado, se negó a» todo», incluso las pruebas de alcoholemía,
que le requirió la policia local, el accidente lo fue en zona urbana de Córdoba capital, además de llevar caducada la I.T.V., y ha sido entre otras cosas condenado a pagar las costas judiciales, pero éste individuo, dice que se declara» insolvente»,y me dicen a mí que yo tendría que asumir dichos pagos,Me quedo atónito,he estado tres meses de baja, partió el eje de la rueda, y ha costado el arreglo 8.000 Euros, En un principio me dá mucha rabia que yo tuvieses que afrontar dichos gastos, que me decís ustedes que se podría hacer gracias y un saludo. En Córdoba a 01-07-2020-
Manuel dice
Manuel, He ganado el juicio,éste individuo era reincidente,con antecedentes penales, dinero en (A) pongamos que poco, en (B) la cosa cambia, pues en todos sabemos lo que mueve el mercado de la droga,y la prostitución etc y etc, reparó su coche y lo transfirió,lo más rápido posible, me creo que a su nombre tiene lo justo, su abogado,llamado «de las causas perdidas», que soluciona y arregla los casos,digamos que bien,yo me creo que a sus instancia se nos va ha declarar Insolvente» y yo me pregunto quien,paga al abogado y procurador de la parte contraria,cuando ha sido condenado a pagar las costas y está recogido en la sentencia, Tendremos que esperar,para ver si se recupera, en su patrimonio,por ejemplo.Gracias.por vuestra colaboración.
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Si no paga las costas, se iniciará un procedimiento de ejecución de la condena, es decir, se procederá a embargar sus bienes hasta satisfacer las costas o bien, judicialmente se le declara insolvente y en el momento que tenga bienes, se embargarán.
El abogado y el procurador de cada parte lo debe pagar cada parte; si la sentencia condena en costas, significa que el «vencedor» podrá solicitar al Juzgado que se le abonen los gastos que él ha tenido que soportar en el procedimiento judicial. Con lo cual, debes pagar a tu abogado y procurador, salvo que hayáis pactado otra cosa.
Un saludo
Manuel Sánchez Calderón. dice
Tengo la sentencia en firme con fecha de notificación de 30-09-2020. En el que se condena en firme a mi oponente, mi pregunta es que ha sido condenado por dos delitos ,y al «Pago de Costas judiciales», amén de tener un registro central de penados, espectacular,(4páginas). Mi pregunta es si éste individuo se declara insolvente,¿ quien paga a mi abogado y procuradora?, les puedo decir que he cobrado un 4% de indemnización al previsto que ha pagado la aseguradora como responsable civil la aseguradora Generali, la cantidad asciende a poco más de trescientos euros, de los más de cinco mil previstos en un principio.! Impresionan las cifras! En lo referente a lo pactado con mi abogado, era un diez por ciento de lo que yo cobrase en sentencia firme ,nada más .Ahora se me dice que si éste individuo no paga las costas a las que ha sido condenado, yo seré quien deba de pagarle. seriaís tan amables de confirmarme o» desmentir dicha afirmación» Tengo el mandamiento judicial para ir a cobrar al banco Santander. Delito: Conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas ,drogas tóxicas ,sustancias estupefaccientes o psicotrópicas (Art.379.2 C.P). Delito: negativa a realizarse las pruebas de detección de alcohol drogas tóxicas y estupefacientes o psicotrópicas.(Art. 383 CP) les comentos las más importantes, recibir un saludo y gracias por su colaboración.a la espra de vuestras noticias.
Manuel Sánchez dice
Les comento yo no he tenido gastos ,alguno como para poder solicitar al juzgado
cantidad alguna, y en cuanto a mi abogado lo pactado entre Cliente-Abogado solo era que cobraría el diez por ciento de lo ganado en Sentencia. Poco más de 300 Euros, de los más de 5.000 previstos. ¿…? Estuve tres meses de baja ,»Tendinitis Postraumática de hombro izquierdo. Contusión Hemitórax izquierdo» ,pronóstico moderado. según el parte médico. Hospital San Juan De Dios.
12-10-2020- Un saludo.
Julio dice
Se me olvidaba decir en mi anterior comentario, que el vecino de mi hija la controla desde su casa continuamente a través de los cristales mientras está en la piscina o tomando el sol, es como una obsesión que tiene con ella, pero a quien provoca continuamente es al novio de mi hija, incluso cuando llega el novio de mi hija con el coche, le cierra toda salida poniendo el vecino un coche pegado por delante y el otro coche pegado por detrás ya que dispone de un coche y una furgoneta, con el fin de que no pueda maniobrar ni para salir.
Al final está claro que siempre será una palabra contra otra pero eso es la realidad.
Gracias de nuevo y un saludo
Julio dice
Mi hija tiene un vecino frente a frente en un chalet de playa que intentaba ligar con ella invitándola a cervezas, a las cuales nunca consintió mi hija. Este vecino ya tuvo dos novias que huyeron de él y no se sabe porque motivos.
Desde hace un año mi hija tiene novio y desde el mismo día que mi hija lo llevó a casa, el vecino ha estado provocándolo e insultándolo continuamente, has el punto de que cuando sacaban los perros lo amenazaba y siempre sin motivos y sin saber porque.
Tras un año de insultos y amenazas y provocaciones, en una salida de paseo con los perros el vecino que ya llegaba a su casa mientras el novio de mi hija salia al contrario, el vecino le siguió hasta el paseo de la playa y una vez en el paseo ató sus perros a una farola y fue tras él a agredirle.
El vecino empujó al novio de mi hija y lo desplazó a un metro, a lo cual el novio de mi hija le dijo ¿que te pasa, estás tonto o que? y ante esto el vecino intenta darle un puñetazo que consiguió esquivar el novio de mi hija.
Por supuesto no le quedó más remedio al novio de mi hija que defenderse y le golpeó en la cara llegando a producirle heridas, alguna de ellas con dos puntos de sutura.
El vecino ha ido a hacerse un parte de lesiones al igual que el novio de mi hija que también salió con heridas en la cara pero sin puntos y también fue a hacerse parte de lesiones.
Las dos partes han denunciado los hechos ante la guardia civil, y ahora vendrá juicio.
En este caso con heridas los dos uno con puntos de sutura pero que empieza la pelea y el otro con heridas pero sin puntos de sutura y que se defiende, quien tiene las de ganar o perder.
Y en cuanto a los gastos y costas, quien paga que .
Gracias y un saludo
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Respecto a su pregunta de quien tiene las de ganar o perder, no puedo darle una respuesta puesto que al final quien tiene la última palabra es el juez y dependiendo de las pruebas, decidirá una cosa u otra.
Es evidente que el novio de su hija se defendió de esa persona que le estaba agrediendo, además se está produciendo una situación de acoso tanto a su hija como al novio. Todo eso tenéis que decirlo en el juicio y llevar pruebas para demostrarlo. Si el día de la pelea, estaba su hija, sería bueno que fuera a testificar o si hay más vecinos que puedan acreditar el comportamiento de esa persona, también sería de ayuda. De todas maneras, lo mejor es que te pongas en manos de un abogado puesto que es quien mejor ta va a asesorar y va a encontrar la línea de defensa adecuada para defender tus intereses.
En cuanto a las costas, es el juez quien decide si se imponen o no las costas. Normalmente la parte que ve desestimadas sus pretensiones es a quien suelen condenar en costas, esa es la regla general pero el juez puede decidir que cada parte pague sus propios gastos.
Un saludo
josele dice
Hola
He perdido un juicio verbal por cantidad de 1000 euros y tambien debo pagar las costas.Parece ser que al no haber obligatoriedad de asistir al juicio con abogado.¿tendria que pagar la minuta del abogado,procurador de la parte que ha ganado el juicio?
gracias saludos
El Rincón Jurídico dice
Hola,
La regla general es que en los juicios verbales cuya cuantía sea inferior a 2000 euros (como es tu caso) y se condena en costas, no se pueden incluir los honorarios del abogado y procurador del demandante ya que la intervención NO es obligatoria.
Pero hay dos excepciones a esta regla general y sí se tendría que pagar el abogado y procurador de la otra parte:
1. El Tribunal aprecie temeridad en la conducta del condenado en costas.
2.- Que el domicilio de la parte representada y defendida esté en lugar distinto a aquel en que se ha tramitado el juicio.
En tu caso, si te han condenado en costas, no tendrías que pagar los honorarios de los profesionales de la otra parte, salvo que el Juzgado haya apreciado temeridad o bien, el domicilio de la otra parte se encuentre en lugar distinto.
Un saludo
Favio dice
Hola .quisiera saber quién debe pagar los honorarios d un abogado..yo con mí ex fuimos. Ante un procurador o no m acuerdo cómo se le dice quien acordó entre el abogado d mí ex y mí abogado q m descuenten el 25% d mí sueldo para pasarle a mí hijo .no se si está bien o no el porcentaje.? ..pero ahora el abogado d mí ex m pide$25.000 q sería su honorarios y yo cobro $35.000..si m podrías sacar la duda ..está bien q le pagué yo y esa cantidad ..segun el serían 2 cuotas alimentarias con intereses
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Entiendo que no habéis llegado a juicio y todo lo habéis solucionado con un acuerdo. En ese caso, tú no tienes que pagar los honorarios del abogado de tu ex pareja, salvo que lo hayáis acordado. Respecto al descuento del 25% de tu salario, no hay unos porcentajes fijos, al final es lo que cada uno negocie.
Un saludo
Cesar dice
Buenas noches..
Yo empecé un proceso contra el INS, contraté un abogado y ganamos el caso cuando me apersona a cobrar el monto ganado la institución me dijo que le habían cancelado un 20% de honorarios pero el abogado dice que igual yo debo cancelar u 15% de honorarios.
Esto es correcto?
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Me falta información ¿en la sentencia hubo condena en costas? Normalmente en la jurisdicción social no hay condena en costas.
Un saludo
Salvador Fdez. González dice
Hola, a la espera de que termine esta alarma, iniciaré un contencioso administrativo por la revocación de la Licencia de Armas Tipo «E» para Escopetas, pues creían que un servidor tenia Antecedentes Penales, y no es así. Por lo que mi Abogado de la Federación de Caza me ha enviado un documento para que elija una notaría todo ello para que me dicte/ de fe a un PODER PARA PLEITO.
Y que mi pregunta es muy sencilla, en cuánto puede salir dicho PODER.
Y que una vez termine el proceso en sí, si tuviera que pagar las COSTAS y tal, de que cantidades hablaríamos, muchas gracias, saludos cordiales, y a cuidarse más que bien.
El Rincón Jurídico dice
Hola,
¿Por qué hacer un poder para pleitos pudiendo realizar un poder apud acta en el juzgado? El poder apud acta es gratuito y el poder para pleitos que se realiza en el Juzgado entre 40 y 75 euros. La diferencia entre uno y otro es que el poder apud acta solo sirve para el pleito en concreto sobre el cual se apodere y el poder notarial permite un uso reiterado del mismo mientras no sea revocado.
El poder notarial lo usan sobre todo las empresas para evitar estar otorgando poder a los profesionales cada poco, pero en asuntos particulares y si no estás metido en juicios todos los días, lo más recomendable es hacer un poder apud acta.
Respecto a las costas del procedimiento no puedo indicarle un cantidad fija, entiendo que es un procedimiento de cuantía indeterminada y las costas pueden ir desde los 500 hasta los 5000 euros, pero sin más datos, no puedo darte una cifra concreta.
Un saludo e igualmente!
wilfredo carranza dice
Hola: soy un ciudadano peruano que tomo vacaciones en Madrid en mayo del 2018, resulta que al retornar a Perú, el vuelo de Plus Ultra sufrió un atraso de mas de 6 horas, por lo que tenia derecho a una compensación de 600 euros. Fui captado en el aeropuerto por una agencia de abogados que me ofrecieron el oro y el moro para representarme. Ofrecieron un plazo NO MAYOR A LOS 6 MESES.
Ya pasaron casi 2 años y solo recibí una que otra excusa. Pregunto: puedo rescindir este contrato e irme a otra estudio de abogados. Aun tengo plazo para reclamar o ya prescribió el plazo?
Gracias de antemano por su respuesta
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Claro que puedes rescindir tu contrato con dichos abogados si no estás conforme con su trabajo. Respecto al plazo para reclamar dicha compensación es de 2 años de acuerdo al Convenio Montrea, contados a partir de la fecha de llegada a destino
Un saludo
Fran dice
Buenas tengo una duda:
He ganado un juicio a la parte demandada se le ha condenado en costas el dinero me lo han ingresado a mi, yo pague los honorarios de mis abogados, mis abogados me dijeron cuando les pague que las costas serían íntegras para ellos y yo en mi hoja de encargo profesional no me pone nada relacionado con eso. ¿que debo hacer?.
Muchas gracias.
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Las costas no son de los abogados, son del cliente. Si ya pagaste a tus abogados y en la hoja de encargo no se indica que tienes que abonarles las costas íntegras, dicho dinero es tuyo y no te lo pueden reclamar.
Un saludo
pilar dice
hola, tengo una duda, mi cliente es socio de una SL y ha puesto una demanda contra el administrador único de la SL que ha perdido y ha sido condenado en costas. Mi pregunta es si mi cliente se puede negar a pagar las costas a la SL de la que es socio y que encima no se le han repartido dividendos nunca. Se podría alegar la compensación, esto es, no pagar las costas porque a el no le han pagado dividendos la misma SL que ha resultado favorecida con la condena en costas. Muchas gracias, estoy muy perdida y es un poco urgente, vence el plazo el próximo lunes
AGUSTIN CAMPO dice
Mi sobrina murió el dia 15 de noviembre del 2018. El 13 del noviembre de ese mismo año sale sentencia en la que le condenan al pago de las costas…Su madre apelo dicha sentencia a la Audiencia
provincial y esta falla en contra y le vuelve condenar al pago de las costas de la apelación.
Mi pregunta es..¿ Quien paga las costas del primer juicio y quien paga las costas de la Apelación. Mi hermana acepto el testamento dejado por mi sobrina y liquido la herencia.
Gracias
Agustin
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Si han condenado en costas a tu hermana, tendrá que hacerse cargo de las mismas tanto del primer juicio como de la apelación.
Un saludo
Pere dice
Buenos dias,
Mi ex puso una demanda de finalización de condominio para piso y apartamento. Se hizo una vista en abril y para diciembre de 2019 se haga el juicio, pero al final hemos vendido y en setiembre escrituramos. El procurador quiere una provision de fondo de 800 euros, de este proceso que al final quedara en nada. Mi pregunta es si tengo que hacer esta provision igualmente teniendo en cuenta que no se va a producir ningun proceso judicial y acabara en notificar al jutgado la venta y quedara desistido o desestimado. Muchas gracias
Ana maria dice
Hola buenas noches.
He reclamado la cláusula suelo y los pagos por demora.
Ganamos el juicio y el juez condena a bbva a pagar las costas.
Me llama el abogado y me dice que el bbva me hara el ingreso a mi de 2780 euros y que le tengo que hacer la trasferencia a ellos.
Eso fue hace 2 mese y queria saber si es normal que ne lo ingresen a mi?
Y que suele tardar?
Gracias de antemano
Leticia dice
Si a mi me lo ingresaron en mi cuenta.
Tomasa Guzman Rodríguez dice
Hola, hace 6 años que tuve un accidente con mi hijo íbamos andando por paso de peatones, tuve un letra k celebró el juicio de faltas sin comunicármelo y busqué otro para que lo rebocara y no izo nada al reber me izo que perdiera mi trabajo, y ahora tengo uno de oficio que me dice que el proceso es muy complicado que vamos a perder el juicio y tendré que pagar las tasas, yo tengo una nómina muy chica, en verdad después de lo que me an echo debo pagar tasas, espero que me ayudéis no se que puedo hacer.
Antonio V dice
Tengo un juicio porque me robaron la moto, la policia lo paro ,y se le cayó la moto, puse denuncia porque tenía unos daños que ascienden a 100 euros .
Mi pregunta es si tiene algún coste el juicio para mi , ya que soy el perjudicado,
Gracias de antemano
Daniel dice
Buenas,
Por una serie de problemas económicos he adquirido una deuda con la comunidad. Gracias a dios mi situación económica a mejorado y estoy negociando un pago único de la deuda con la administradora y de esta manera evitar ir a juicio, la cual me comenta que si llegamos a un acuerdo EXTRAJUDICIAL con el resto de vecinos me tendría que hacer cargo también de los honorarios tanto del abogado como del procurador, sin ser yo su cliente y ni siquiera ir a juicio, ¿Esto es así?, gracias por adelantado.
Saludos,
Anas dice
Buenas, he ganado un juicio por tema de clausula suelo y han condenado al banco a pagar las costas.
¿Como las tiene que pagar?, ¿a quien se las pagan? ¿A mi, o a mi abogado?
Un saludo
Pilar dice
Eso me ha pasado a mi..a quien corresponden ess costas
Raúl dice
También he ganado la demanda de la cláusula suelo, el Banco me ha ingresado una cantidad y ahora, los abogados (muy famosos ellos), me dicen que debo pagarles el 30% más o menos de ese dinero en concepto de costas e intereses, y pregunto: ¿cómo sé que en la cantidad transferida van incluídos estos conceptos, si nadie me ha entregado la liquidación.
El Rincón Jurídico dice
Hola Raúl,
Si has ganado la cláusula suelo, el banco te abonara la cantidad que has reclamado (no te abona los honorario de los abogados)
Otra cosa es que a mayores hayan condenado al banco a pagar las costas procesales, en ese caso, te deben ingresar otra cantidad a parte.
Un saludo
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Las costas procesales generan un crédito para el demandado, de manera que es al demandado a quien debe pagarlas el demandante. En la práctica es habitual que algunos abogados indiquen a sus clientes que cobran sus honorarios de las costas, pero estrictamente las costas procesales son un crédito exclusivamente de quien es parte en el juicio. Te las deberían pagar a ti y tú pagar a tu abogado.
Un saludo
Luthien dice
perdí un juicio sobre un tema de unas lesiones en un local comercial por falta de pruebas y una mala praxis de mi abogado. Llegue a Segunda instancia, por lo que me condenaron en costas en ambos procedimientos siendo la cuantía de 10000 euros (incluyendo intereses), no tengo nómina y los bienes que poseo mi casa y plaza de garaje están a nombre de mi marido (tenemos separación de bienes), que ocurrirá ahora? Pueden embargarme alguna mitad de los bienes? Este requerimiento tiene alguna caducidad? Si no lo pago y pasan por ejemplo 4 años pueden incrementar la deuda con más interesas, a pesar que haya un embargo en algunos de los inmuebles? Me gustaría saber los supuestos que podrían ocurrieron. Gracias
Luthien dice
Disculpa los bienes están (mitad con mi marido) *
MANUEL dice
Hola estamos en medio de un procedimiento de liquidacion de regimenes economico gananciales y la parte contraria tiene justicia gratuita, no piden un abono por aprovisionamiento y nos piden que pague el total de estas costas, entiendo que al no tener justicia gratuita debo abonar el 50% del las costas pero no el total de estas, es esto cierto?
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Si te han condenado en costas, deberás pagar el total de las costas, no solo una parte. Aunque la otra parte tiene reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, deberás pagar el 100%.
Un saludo
LUIS MIGUEL CORUJO DE LEON dice
BUENOS DIAS , EL CASERO ME PIDE EL PISO PORQ LO NECESITA PARA SI MISMO , EN CASO DE OPONERME Y LO PIERO , TENGO Q PAGAR LAS COSTAS ??
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Pues depende si en la sentencia el juez se pronuncia sobre la condena en costas o no. El juez puede condenarte en costas y deberás abonarlas; o bien puede condenar en costas a la otra parte, o no hay pronunciamiento sobre las costas, en ese caso cada parte asume sus gastos.
Un saludo
JOSE LUIS dice
No hay manera posible de reclamar las costas si la parte contraria, habiendo perdido el juicio, dispone de justicia gratuita? No se puede producir indefensión en dicho caso? O abuso del uso de la justicia gratuita con afan de hacer daño a la parte contraria?
El Rincón Jurídico dice
No, el artículo 36 de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita indica: si en la resolución que ponga fin al proceso hubiera pronunciamiento sobre costas, a favor de quien obtuvo el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita o de quien lo tuviera legalmente reconocido, deberá la parte contraria abonar las costas causadas en la defensa y representación de aquélla.
Si ganas en costas y la parte contraria tiene reconocido el derecho a la justicia gratuita, no las cobrarás, salvo que en el plazo de 3 años el beneficiario de la justicia deviene a mejor fortuna.
Es verdad, que se produce una situación de desigualdad entre el beneficiario de justicia gratuita y el contrario e incluso se puede calificar de injusto puesto que en materia de costas siempre perderá aquel que no tiene justicia gratuita. Pero no tiene el Estado porqué cubrir la totalidad de perjuicios que a unas personas les puedan originar la actuación de otras.
De momento la regulación legal es esa y no hay manera de reclamar las costas a la parte contraria si tiene reconocido el derecho.
Un saludo
Carlos Alcayaga sepulveda dice
Agradeceré me respondan .soy un jubilado de 68 años sector público con una pensión de 240.000 más un bono post laboral de 70.000 a contar de este mes de mayo..y estoy a la espera de una posible demanda judicial ante un organismo público .por parte de la corporación judicial
Y como podrán apreciar mi situación económica es bien limitada .
Mi consulta es sobre las costas procesales .y mi demanda la haría vía corporación judicial (cajita )
Y por lo mismo no cuento con los medios para responsabilizarme .salvó que me dieran la razón a mi posición .y me da temor que tuviera que pagar y no contar con los recursos .
Muchas gracias desde ya
Salvador dice
Hola
He gonado un juicio con condena de costas por las aportaciones de EROSKI y el procurador me reclama 344 € . No me da ninguna explicación. Que debo hacer
Un saludo
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Las costas son un crédito que tiene el condenado en costas con quién ha ganado el juicio. Las costas procesales son un crédito exclusivamente de quien es parte en el juicio. Por tanto, tú tienes que pagar al procurador.
Pero es muy habitual que algunos abogados o procuradores indican a sus clientes que cobran de las costas.
Un saludo
Salvador dice
Hola
He gonado un juicio con condena de costas por las aportaciones de EROSKI y el procurador me reclama 344 € . No me da ninguna explicación. Que debo hacer
Paco Diaz dice
Hola,
He ganado un juicio a una entidad bancaria, la cual ha sido condenada a pagar las costas. Yo pague la minuta del letrado, procurador y las famosas tasas Gallardón. Ahora, cuando la entidad bancaria ha sido condenada al pago de costas, ese dinero quien lo recibe?. Me imagino que yo.
Reciban un saludo
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Las costas procesales son un crédito que tiene la parte vencedora frente a la vencida y no del abogado o procurador. Si tienes las facturas de ambos profesionales, tienes que presentarlas para que la parte condenada en costas te las pague.
Un saludo
Oscar dice
Hola tengon una consulta yo tuve un accidente cuando iba para mi trabajo tengo una quebradura en mi pie ahora me sacan de mi trabajo y yo no me e recuperado todavía ando con muletas y yo puse un abogado pusimos una demanda x reintegro a mi trabajo ahora la abogada dise que ya se le enviaron las tres citas al dueño de la empresa y que ahora va a esperar un procurador quiero saber si esta bien lo que esta asiendo el abogado
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Entiendo que está reclamando por su despido, pero no entiendo bien si su abogado le ha dicho que está esperando a que designen un procurador para que le represente a usted o es por parte de la empresa. Si estamos hablando de un pleito en la jurisdicción social, no es obligatorio acudir con procurador ni si quiera es obligatorio acudir con abogado (aunque sí recomendable). Si ya se ha citado a la empresa y dicha empresa ha designado un procurador, puede que todo esté en orden pero me faltan datos para poder responderle.
Un saludo
María Lopez dice
Buenos días
Presente una demanda a través de juicio verbal por el deslinde de una propiedad, sin abogado ni procurador. La cuantía de la demanda 1500 euros
La otra parte contesto a la misma a través de abogado y procurador. La cuantía en la contestación de la demanda 5600 euros… pero el perito por error le añade un cero, por lo tanto 56000. En el acto de vista comparezco sola y la otra parte con abogado..procurador ..perito.etc. El juez en el acto de vista del juicio verbal toma por buena la cantidad de 56000 y dice que lo transforma en ordinario, por lo que he de de acudir con abogado y procurador. La verdad, me encontré mal y decido dar por finalizado el asunto. Me llega la tasación de costas y el abogado estima como valor del pleito los 56000 y no los 5600 que puso en su demanda. No sé qué hacer porque me reclaman 5000 euros de costas
El Rincón Jurídico dice
Hola,
En primer lugar en el momento del juicio debiste decir que no estabas de acuerdo con dicha cantidad puesto que la cuantía del pleito era de 5600 euros, que había habido un error en la valoración y el perito había añadido un 0 de más. Ahora lo tienes más complicado, deberías solicitar una subsanación para que corrijan la cuantían. Otra de las opciones es que inicies la acción de impugnación de costas por excesivas.
Un saludo
tamara saiz muñoz dice
Estimados señores! Mi padre falleció hace 2 meses y era quien se hacía cargo de mi abuela ( su madre) y así lo hizo durante 15 años hasta q falleció. Ahora mi madre no puede cuidar de ella ( su suegra) por q tiene q atender a su madre q tiene una minusvalía. Mi abuela paterna tiene otra hija y se ha desentendido del tema y no quiere hacerse cargo de mi abuela siendo su madre. Así q mi madre se ha visto obligada a denunciarla por lo penal por abandono familiar. Pero queremos saber si en caso de ganar y siendo un caso penal, se pueden reclamar costas? Ya q mi madre se ha visto obligada a proceder acciones legales por q de forma amistosa se intentó en varias ocasiones sin respuesta alguna y desentendiendose completamente de la situación, sin querer llegar a un acuerdo amistoso. El abogado q nos lleva el caso dice q al ser un caso penal no hay derecho a reclamar costas, eso es así? Gracias. Atentamente
El Rincón Jurídico dice
Hola,
En base a los datos que me das, al ser un procedimiento penal se puede solicitar la condena en costas a la otra parte. Pero es el juez en la sentencia quien debe pronunciarse sobre la condena o no en costas. Tu abogado puede solicitarlo, pero será el juez quien decida. El juez podrá declarar las costas de oficio (no se pagarán por la parte acusada(; condenar al acusado al pago de las costas o bien condenar al pago de las costas al actor civil o querellante particular (en el caso que se aprecie mala fe o temeridad).
La regulación de las costas procesales en el procedimiento penal, viene dispuesta en los artículos 239 al 246 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Un saludo
Laura dice
Hola,
me surge una duda en relación a lo que comentabas en el blog y es que si por ejemplo un abogado gana un juicio y se le condena a la otra parte a pagar las costas y resulta que a dicho abogado no le pagan sus honorarios, ¿a quién tiene que reclamarle los honorarios a su cliente o a la parte contraria? entiendo que la parte contraria que ha perdido debe pagarle esos gastos al cliente del abogado vencedor por lo que el abogado debería exigirle el pago a su cliente y luego el cliente exigirle ese pago a la parte contraria pero no se si me estoy confundiendo.
El Rincón Jurídico dice
Hola Laura,
Muy buena pregunta. Exacto, es como indicas. Las costas son un crédito del cliente y no del profesional. Es el cliente quien puede exigirlas al Juzgado mediante la tasación de costas y es la persona legitimada para recibirlas. Por tanto, en el caso que que se condene en costas a la parte contraria, el abogado del cliente «vencedor» del procedimiento debe reclamarle a él sus honorarios y no a la parte condenada en costas.
Saludos
Iñaki dice
Hola:
Entiendo por tu respuesta que una de las partes(por ejemplo el demandante) puede presentar recurso sobre una sentencia, y el demandado esta de acuerdo con dicha sentencia, y por lo tanto no recurre, no le aceptan el recurso al demandante y es condenado a paga en costas, durante el periodo el demandante (una empresa) se convierte en insolvente, y no abona las costas. Mi pregunta es si el demandado «que no ha presentado recurso» se encuentra con la obligación de pagar esas costas a su abogado y ha cambio solo obtiene una «carta de crédito» que no va a cobrar nunca.
Y la otra cuestión es ¿si una empresa que es insolvente puede presentar un recurso a sabiendas que si le condenan en costas no las va pagar?
Muchas gracias de antemano y saludos.
Preocupada dice
A mi me surge otra duda…..y si la parte demandada que ha perdido el juicio y ha sido condenado en costas es beneficiaria de asistencia jurídica gratuita y tiene abogado de oficio ¿quien paga al abogado del demandante? ¿La parte demandante? ¿El colegio de abogados? ¿Espera a que el demandado venga si acaso a mayor fortuna?. Que lío. Gracias
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Si se condena en costas al beneficiario de justicia gratuita, no tendrá obligación de pagar las propias ni las contrarias, salvo que viniera a mejor fortuna en el plazo de los 3 años siguientes a la terminación del proceso.
El demandante deberá pagar a su abogado.
Un saludo.
Bea dice
A que se refiere con lo de mejor fortuna? Si condenan a la parte contraria a costas. Y esta fallece 6 meses después del juicio a quien le reclamamos los 3000 euros de minuta del abogado??
El Rincón Jurídico dice
Hola,
«Deviene a mejor fortuna» significa que las circunstancias económicas mejoran y puede hacer frente al pago de los honorarios.
En el caso de fallecimiento, la Ley de Enjuiciamiento Civil lo regula e indica que responderán sus herederos. Es decir, en tu caso debéis reclamar a los herederos del fallecido.
Un saludo
subufete dice
Me gusta leer y visitar blogs, aprecio mucho el contenido, el trabajo y el tiempo que ponéis en vuestros artículos. Buscando en por hay he encontrado tu blog. Ya he disfrutado de varios artículos, pero este es muy adictivo, es unos de mis temas favoritos, y por su calidad he disfrutado mucho. He puesto tu blog en mis favoritos pues creo que todos tus artículos son interesantes y seguro que voy a pasar muy buenos ratos leyendolos.
El Rincón Jurídico dice
Hola,
Muchas gracias por tu comentario. Gracias por animarnos a seguir escribiendo. Me alegro que te guste y disfrutes de su lectura, esperamos seguir a la altura y continuar.
Un saludo